Denominación: SCUBA JUNIOR.
M 3096936 ( 0 )
N/D.
28
Fecha de suspenso: 06-03-2014
Defectos o motivos:
- Clase 01):
- Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos/servicios están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, "libro juegos" puede solicitarse en la clase 16 como: "Libros para colorear" o "libros para dibujar", por otro lado "libros de actividades" ha de solicitarse en la clase 16. .Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos/servicios (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad de 92,73 euros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa desolicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 12 de Noviembre de 2013 1. marcas > Suspensos de solicitud, Tomo 1 del 25 de Noviembre de 2013 1. marcas > Solicitudes, Tomo 1 del 22 de Mayo de 2014 1. marcas > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.
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