VERNE ARQUITECTURA
N 0400834
N/D.
Fecha de suspenso: 12-02-2019
Irregularidades: 1º- El CIF indicado en la instancia de solicitud corresponde a una comunidad de bienes. Las comunida des de bienes carecen de personalidad jurídica por lo que no están legitimadas para obtener el regi stro de una marca (art.3 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre, de Marcas), por lo que deberá aportar la página correspondiente de los impresos oficiales de la instancia de solicitud en donde figuren como solicitantes los integrantes de dicha comunidad de bienes; la instancia deberá estar firmada por los integrantes de dicha comunidad de bienes. 2º- Deberá indicar los porcentajes de participación correctos, de tal manera que su suma totalice el 100%.
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 11 de Marzo de 2019 2. nombres comerciales > Solicitudes, Tomo 1 del 23 de Septiembre de 2019 2. nombres comerciales > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.