LA ALACENA DEL DUQUE
Denominación: LA ALACENA DEL DUQUE.
M 4000795 ( 2 )
N/D.
30
Fecha de suspenso: 12-07-2019
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento(Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, los " postres" debera concretarlos ya que por ejemplo los " postres lacteos" pertenecen a la clase 29 y los "postres preparados(confitería) pertenecen a la clase 30.Podrá consultar en la base de datos Clinmar Debe aportarse, por tanto, nueva lista de productos (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. En caso de que opte por clasificar los productossolicitados en distintas clases a la solicitada, deberá abonar la/s tasa/s correspondiente/s por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no sesubsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 01 de Febrero de 2019 1. marcas > Solicitudes, Tomo 1 del 28 de Agosto de 2019 1. marcas > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.