- LABORATORIO DE ARTESANÍA DIGITAL
N 0409327 ( 5 )
N/D.
42
Fecha de suspenso: 24-04-2020
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- En virtud de la resolución del Director de la OEPM publicada con fecha 25 de marzo de 2020, la contestación al presente trámite, supondrá para esta Oficina, la conformidad del interesado en que no se suspenda el plazo, e implicará la continuación de la tramitación de la solicitud.
- Clase 02) :
- Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades no están correctamente definidas. En concreto: "Prototipos; Maquetas; Mecanizados; Modelismo", son enunciados imprecisos y que no pertenecen a la cl. 42 solicitada por lo que tienen que ser suprimidos. "Decoración; Interiorismo", son enunciados imprecisos pueden volverse a definir como : Decoración de Interiores. "Diseño" puede volverse a definir como: "Servicios de Diseño de interiores". "Fabricación" no pertenece a la cl. 42 por lo que tienen que o bien ser suprimido el enunciado o bien se puede volver a clasificar en la cl. 40 que es a la que pertenece como "FABRICACIÓN POR ENCARGO O PARA TERCEROS", siempreque se PAGUE TASA POR NUEVA CLASE RESULTANTE. Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de las actividades solicitadas describiéndolas correctamente siguiendo la Clasificación Internacional. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 y 9.6 del Reglamento). Puede consultar nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action.
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 27 de Noviembre de 2019 2. nombres comerciales > Suspensos de solicitud, Tomo 1 del 04 de Febrero de 2020 2. nombres comerciales > Solicitudes, Tomo 1 del 29 de Julio de 2020 2. nombres comerciales > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.