Registro
01731 / 20
Motivo: - De la documentación aportada se desprende que la sociedad (RESTAUTANTE LAS LANZAS, S.L.), titularregistral de la marca M-2554252 fue disuelta, por lo que deberá acreditar documentalmente, quien quedó como titular de dicha marca M-2554252). Esto sería un primer tracto. - Si la persona titular dedicha marca después de la disolución indicada en el párrafo anterior, hubiese fallecido, deberá acreditarse el/los nuevo/s Titular/es mediante Escritura de Adjudicación y Aceptación de Herencia, donde conste expresamente la marca M-2554252 y los herederos en qué calidad lo son (usufructuario, nuda propiedad o pleno dominio) y en qué porcentaje. Esto sería un segundo tracto. - Si de estos herederos quieren transferir la marca a la sociedad CINEGIO HOSTELERÍA, S.L. deberán aportar Documento de Transferencia (Mod. 4010) o Certificado de Transferencia (Mod. 4006) o Escrituras Públicas acreditando este último tercer tracto. Sólo ha justificado el pago de una tasa de 29,27 euros. Cada uno de los tractos llevaría aparejado una tasa de transferencia de 29,27 euros, con lo que debería acreditar los restantes. Las Escrituras que aportan tratan de participaciones en distintas sociedades, lo cual no es suficiente. Y el Documento de Transferencia (Mod. 4010) aportado tampoco es correcto. - Lacontestación tiene que ir dirigida, únicamente, al n°. de la Transferencia TS 2020/01731, pues de otro modo no se garantiza que la misma figure en el expediente.