Registro
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Motivo: - La transferencia de las 10 marcas internacionales que solicita, no puede realizarse en esta Sección, donde sólo se realizan transferencias de marcas nacionales. Deberá solicitar la transferencia dedichas marcas en la Sección correspondiente. - Tanto en el Documento de Transferencia (Mod. 4010),como en el Certificado de Transferencia (Mod. 4006), al ser la misma persona la que firma por partecedente y por parte cesionaria, se da la figura de la Autocontratación, por lo que: - Deberá acreditar estar facultado por la Junta General de la sociedad titular registral para firmar en nombre del cedente y del cesionario, con objeto de no incurrir en autocontratación y oposición de intereses (Art. 50.6 de la Ley 17/2001, de 7 de diciembre de Marcas). Para tal acreditación deberá aportarse elActa de sesión de la Junta General Extraordinaria convocada a tal fin por la sociedad cedente (QUESOS VEGA SOTUELLAMOS, S.L.) - Por otro lado la marca M-2599976 (VEGA GOURMET) no aparece en la relación aportada en las Escrituras Notariales aportadas, de marcas propiedad de VEGA RENOVABLES Y MARCAS, S.L.U. - Y la Factura aportada no es suficiente como documentación acreditativa para realizar la Transferencia, por lo que: - Deberá aportar Documento acreditativo de la inscripción solicitada, (documento de transferencia (mod. 4010 i), certificado de transferencia (mod. 4006 i) o Escritura notarial). - La contestación tiene que ir dirigida, únicamente, al n°. de la Transferencia TS 2020/