JET DE DUCHA


ES 1074163 U
U 201001044 ( 2 )
04-10-2010
A61H 9/00 ( 2006.01)
B05B 1/14 ( 2006.01)
JET DE DUCHA
IDISPACES S.L.
1. Rociador de ducha de alta presión, del tipo empleado en tratamientos hidroterápicos, caracterizado esencialmente por estar constituido por dos elementos independientes: un elemento embellecedor frontal (1) preferiblemente rectangular constituido por una carátula o envoltura agujereada fabricada en piedra natural preferiblemente mármol o similar, y un elemento rociador posterior estanco fabricado en plástico o metal dotado de un conjunto de micro-toberas eyectoras (3) de agua a presión fabricadas preferiblemente en plástico o silicona, cuya colocación sobre la parte frontal del elemento rociador es tal que coinciden con los orificios del embellecedor (1), sobresaliendo ligeramente sobre la superficie anterior de este último; el elemento rociador está constituido a su vez, por los siguientes componentes: una placa frontal (2) mecanizada y agujereada preferiblemente de plástico sobre la que se asienta el conjunto de micro-toberas eyectoras (3), una chapa de cierre posterior (4) preferiblemente de acero y dotada de racor (5), una junta de estanqueidad perimetral (6) situada entre la placa frontal (2) y la chapa de cierre (4) del rociador, y por último, una segunda junta de estanqueidad perimetral (7) situada entre la chapa de cierre (4) del rociador y el embellecedor (1).
2. Rociador de ducha de alta presión, según reivindicación anterior, caracterizado porque el embellecedor (1) puede presentar diferentes aspectos además del rectangular, tales como cuadrado, circular, pantalla de ducha, u otros.
3. Rociador de ducha de alta presión, según reivindicaciones anteriores, caracterizado porque si el embellecedor (1) es de piedra translúcida o semitransparente tal como mármol, alabastro, o similares, puede ser retroiluminado con iluminación monocromática o policromática.
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 2 del 15 de Enero de 2014 2. modelos de utilidad > Resolución > Caducidad > Caducidad (art. 116.2 lp).