N 0386618 ( 1 )
N/D.
12
Fecha de suspenso: 03-01-2019
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3. 2 y 3 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio), las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto: "Productos para recien nacido, carrocería infantil, cunas, productos puericultura": Se podría desglosar de la siguiente manera: - Cunas: Pertenece a la Clase 20, por tantopuede elegir entre pagar la tasa de una nueva clase, o bien eliminarlo en la nueva solicitud. - Carrocería infantil: Está bien clasificado, y podría definirse a elegir como: "Coches de niño" o bien como "Carritos de bebés con soportes extraibles para niños". - Productos de recien nacidos y productos de puericultura: Son inespecíficos, y deberá optar entre especificarnos exactamente los productos que desea proteger, (mirando los productos en la Base de Datos CLINMAR, que puede encontrar en nuestra página Web, sabiendo que si son productos de otra clase que no sea la 12, deberá pagar la tasa de una nueva clase), o bien puede eliminar completamente esta denominación en la nueva solicitud. "Asientos infantiles de seguridad para vehículos": Es correcto, y deberá volver a incluirlo en la nueva solicitud. Debe aportarse, por tanto, nueva lista de actividades (en formulario oficial) definiéndolas y clasificándolas correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente de euros por la/s nueva/s clase/s resultantes (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art 9.2 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonadoparcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento).
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 02 de Julio de 2018 2. nombres comerciales > Solicitudes, Tomo 1 del 21 de Enero de 2019 2. nombres comerciales > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.
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