N 0402163 ( 0 )
COMERCIAL DE LAMINADOS IBERICA S.A.U.
06
Fecha de suspenso: 05-09-2019
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- Arts. 12.3 y 87.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y art. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de Ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Las actividades están definidas y clasificadas incorrectamente. En concreto, para ajustarse al Nomenclator Internacional deberá precisarlos productos solicitados a partir de PRODUCTOS DE HIERRO pues según se trate de un produtos u otroestará clasificado en distinta clase del Nomenclator Internacional. Debe presentar, por tanto, un nuevo listado completo de actividades definiéndolas y clasificándolas correctamente de conformidad con la Clasificación Internacional. Deberá abonar por la/s .nueva/s clase/s resultante/s (art. 12.2 dela Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a las actividades afectadas (art. 9.2 y 9.6 delReglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la/s clase/s para la/s que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación delsolicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento). Puede consultar nuestra herramienta de clasificación CLINMAR accediendo a nuestra página web: http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action.
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 28 de Marzo de 2019 2. nombres comerciales > Solicitudes, Tomo 1 del 04 de Noviembre de 2019 2. nombres comerciales > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.
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