Denominación: - AUTOLAVADOS DINOVERDE.
M 4030548 ( 1 )
, MANUELA
N/D.
37
Fecha de suspenso: 24-02-2020
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y arts. 3.2 y 3.6 de su Reglamento de ejecución (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos están definidos y clasificados incorrectamente. En concreto, "aparatos de lavado de vehiculos" solicitado en la clase 37, está mal definido y mal clasificado pudiendo eliminarlo o solicitarlo como "instalaciones de lavado de coches" en la clase 7. Por tanto, debe aportarse nueva lista completa de los productos/servicios solicitados (en formulario oficial) definiéndolos y clasificándolos correctamente. Deberá abonar la cantidad correspondiente por la nueva clase resultante (art. 12.2 de la Ley en relación con tarifa primera 1.1: tasa ME17 si tanto el trámite como el pago se realizan electrónicamente y tasa MT17 en caso contrario). Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicituden lo referente a los productos afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento). Si no se subsanase en plazo la falta de pago de la tasa de solicitud o el pago incompleto de la misma, se tendrá por desistida la solicitud con respecto de la clase para la que no se hubiese abonado la tasa de solicitud o se hubiese abonado parcialmente. A falta de indicación del solicitante se considerarán pagadas las clases incluidas en primer lugar en la solicitud (art. 9.4 del Reglamento). Puede consultar nuestra herramienta CLINMAR en http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action.
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 28 de Agosto de 2019 1. marcas > Solicitudes, Tomo 1 del 12 de Marzo de 2020 1. marcas > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.
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