Denominación: - YOGASANO.
M 4052897 ( 9 )
, Luis Miguel
N/D.
41
Fecha de suspenso: 24-08-2020
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- La marca solicitada se halla incursa, para los servicios solicitados, en la prohibición del art. 5.1.b) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al carecer de carácter distintivo, toda vez que consiste exclusivamente en los términos: "YOGA SANO", y sin que contenga ningún otro elemento que permita al público consumidor identificar dicho signo con una concreta procedencia empresarial.
- Clase 02) :
- La marca solicitada se halla incursa en la prohibición del art. 5.1.c) de la Ley de Marcas (Ley17/2001, de 7 de diciembre) al estar compuesta exclusivamente de signos o indicaciones que pueden servir en el comercio para designar la naturaleza y cualidades de los servicios para los que se solicita, dado que consiste en los términos: "YOGA SANO", sin que el tamaño y disposición de las letras del distintivo, ni el elemento gráfico del mismo, otorgen al conjunto solicitado el imprescindiblecarácter distintivo, capaz de individualizar los servicios solicitados en el mercado.
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 26 de Febrero de 2020 1. marcas > Solicitudes, Tomo 1 del 26 de Noviembre de 2020 1. marcas > Resoluciones > Denegaciones totales.
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