M 4061133 ( 7 )
ELZABURU, S.L.P
09, 18, 25, 35, 36, 38, 41, 42
Fecha de suspenso: 22-10-2020
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- Art. 12.3 de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) y Art. 3.2 de su Reglamento (Real Decreto 687/2002, de 12 de julio). Los productos no están correctamente definidos. En concreto, deberá ajustar a las posiciones concretas de la Clasificación Internacional de Niza, los solicitados en la clase 09 como "PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS FACILITADAS EN LÍNEA DESDE BASES DE DATOS O INTERNET"pudiendo solicitarlos como "PUBLICACIONES ELECTRÓNICAS DESCARGABLES" En el mismo sentido, deberá ajustar a las posiciones concretas de la Clasificación Internacional de Niza, los solicitados en la clase 35 como "DONACIONES DE BENEFICENCIA EN ESPECIE, EN CONCRETO COORDINACIÓN Y COMPRA DE PRODUCTOSY SERVICIOS DONADOS COMO REGALOS POR PARTE DE TERCEROS; SERVICIOS A EMPRESAS RELACIONADOS CON LA FACILITACIÓN DE PATROCINIOS; SERVICIOS DE COLABORACIÓN Y PUESTA EN RED DE NEGOCIOS;" por considerarse IMPRECISOS. A estos efectos puede consultar la base de datos de la Clasificación Internacional deProductos y Servicios de marcas (CLINMAR) disponible en la página web de este Organismo, www.oepm.es. Enlace http://tramites2.oepm.es/clinmar/inicio.action Debe aportarse, por tanto, nueva lista completa de productos y servicios (en formulario oficial) recogiendo de nuevo TODOS los productos y servicios solicitados inicialmente, incluyendo las correcciones sugeridas. Si no se subsanasen en plazo los defectos señalados se tendrá por desistida la solicitud en lo referente a los productos/servicios afectados (arts. 9.2 y 9.6 del Reglamento).
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 17 de Abril de 2020 1. marcas > Solicitudes, Tomo 1 del 22 de Enero de 2021 1. marcas > Resoluciones > Concesiones totales y parciales.
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