Denominación: - EL SABOR DE ELCHE.
M 4068600 ( 0 )
, JOSE RAMON
31
Fecha de suspenso: 09-02-2021
Defectos o motivos:
- Clase 01) :
- La marca solicitada se halla incursa para todos los productos solicitados en la prohibición delart. 5.1.g) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre) al poder inducir al público a error sobre la procedencia geográfica de los productos solicitados, dado que el distintivo solicitado contiene el término "ELCHE" sin indicar que los productos solicitados tengan esa procedencia. Puede subsanar los motivos del suspenso limitando los productos solicitados especificando que todos ellos son procedentes de Elche.
- Clase 02) :
- La marca solicitada se halla incursa, para los productos solicitados "frutas frescas", en la prohibición del art. 5.1.h) de la Ley de Marcas (Ley 17/2001, de 7 de diciembre), al estar excluido del registro en virtud del el artículo 14 del Reglamento art. 13.1 del Reglamento (UE) n° 1151/2012, del Parlamento Europeo y del Consejo, de 21 de que confieren protección a las denominaciones de origen e indicaciones geográficas protegidas, toda vez que en el distintivo aparece el término "Elche"" que se corresponde con el nombre de la Denominación de Origen Protegida "Granada Mollar de Elche/Granada de Elche". sin especificar que en el caso de las "granadas" los productos solicitados, estén amparados por dicha DOP. Esta prohibición podrá subsanarse especificando "granadas procedentes de Elche amparadas por la Denominación de Origen Protegida " Granada Mollar de Elche/Granada de Elche ", o excluyendo expresamente de los productos solicitados las "granadas".
- Clase 03) :
- POR OPOSICION BASADA EN:- Articulo 5.1. g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.
- Clase 04) :
- POR OBSERVACIONES DE TERCERO BASADAS EN:- Articulo 5.1. f),g),h) de la Ley de Marcas 17/2001, de 7 de diciembre.
Otras apariciones publicadas en el BOPI: Tomo 1 del 09 de Junio de 2020 1. marcas > Suspensos de solicitud, Tomo 1 del 24 de Junio de 2020 1. marcas > Solicitudes.
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